REAJUSTE DE LA UNIDAD TRIBUTARIA
Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
Providencia Administrativa SNAT/2018/002
O. N° 41.388 de 02 de Mayo de 2018
Objeto
Reajuste de la Unidad Tributaria (U.T.) de Bs. 500,00 a Bs. 850,00.
Reglas
Para los tributos que se determinen o liquiden por períodos aplicarán las siguientes reglas:
- Liquidación de tributos por períodos anuales: la unidad tributaria aplicable será la que se encuentre vigente por lo menos 183 días continuos del período al que corresponde.
- Liquidación de tributos por períodos distintos al anual: la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al inicio del período.
Vigencia
A partir del 1º de mayo del 2018.