EL 23 DE ENERO DE 1958
No es la primera vez que este escribidor hacer una reflexión sobre tan memorable evento, pero comentaron los medios que encuestas realizadas el pasado 23 de enero de 2016 arrojaban que la mayoría de los entrevistados desconocían esa fecha e ignoraban su significado, lo que me obliga a retomar el tema.
Durante 17 años se ha tratado fallidamente de borrar la historia patria para hacer creer que aquella gesta emancipadora que en 1810 vio la luz no había terminado, y que, desde entonces hasta el presente, no hay pasado, sólo los próceres independentistas y sus herederos de la llamada revolución bolivariana; y, por otra parte, la fecha ha quedado registrada simplemente en los anaqueles de las bibliotecas donde los libros de historia dan cuenta detallada del significado de esa fecha. Veamos.
El año 1952, las Fuerzas Armadas desconocieron la voluntad popular expresada en los comicios para la elección de una Asamblea Nacional Constituyente y pusieron como Presidente Provisional al entonces coronel Marcos Pérez Jiménez quien posteriormente fue designado como Presidente Constitucional al amparo de la Constitución de 1953, un amañado texto constitucional hecho a la medida para un régimen dictatorial, en el que se preveía que el período presidencial tendría una duración de 5 años.
Para 1957 procedía, por tanto, convocar a elecciones para el siguiente período 1958- 1963, pero los acólitos del régimen, junto con la jerarquía militar, optaron por realizar un plebiscito para que el pueblo se pronunciara por la continuación del para ese momento general Pérez Jiménez que, evidentemente, dio el triunfo al dictador porque el resultado había sido preparado en favor del régimen, con lo cual las esperanzas de la oposición y de los numerosos exilados políticos se fueron a pique. Fue el 15 de diciembre de 1957.
Pero resulta que la población caraqueña fue levantada de sus camas el 1º de enero de 1958 cuando un grupo de oficiales se alzaron contra el gobierno y la aviación militar sobrevolaba amenazadoramente con descargar sus bombas, mas Pérez Jiménez tuvo capacidad de acción y logró controlar la situación, frustrándose nuevamente las esperanzas de quienes deseaban la caída del régimen.
Sin embargo, grupos de civiles y de algunos militares disidentes continuaron trabajando en coordinación con la Junta Patriótica y lograron que el 21 de enero de 1958 se ejecutara una huelga general: Fue la puntilla que derribó al perezjimenismo pues, 2 días después, el 23, el dictador tomaba un avión rumbo al exilio, constituyéndose de inmediato una Junta cívico militar de gobierno, presidida por el contra almirante Wolfgang Larrazábal, que convocó, antes de finalizar el año, a elecciones libres y democráticas, ganadas por Rómulo Betancourt quien tomó posesión el 13 de febrero de 1959 para el primer período constitucional de lo que hoy conocemos como la república civil.
Ese es el significado del 23 de enero de 1958. En esa fecha se iniciaba de manera definitiva, una nueva etapa en la historia de la Venezuela contemporánea que, tristemente, finalizó 40 años después, en 1998.
VIOLACIÓN DE LA DOCTRINA JUDICIAL
El mes de enero ha estado conmovido con la instalación de la Asamblea Nacional y la solícita y devota actuación de los sedicentes magistrados de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justica (“SETSJ”) quienes, cual obedientes tinterillos, mediante auto dictado en el proceso de amparo el 30 de diciembre de 2015 han declarado: “[…] procedente la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia ORDENA de forma provisional e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación […]” emanados del Consejo Nacional Electoral, contra los diputados electos por el Estado Amazonas.
Es natural aunque sea contra natura que quienes hayan sido electos a dedo para ocupar determinados cargos públicos acaten con perruna fidelidad las órdenes que les sean dadas; y peor aún si esos sujetos, por primera vez en su vida en la cúspide del sistema judicial, sufren de agorafobia, esa terrible enfermedad que, como decía Piero Calamandrei, afectaba a ciertos jueces durante el fascismo, en Italia, que los hacía tan dóciles que preferían anticiparse a las órdenes de Il Duce para complacerlo; y de allí que los integrantes de la SETSJ no hayan tenido empacho – cortedad, vergüenza, turbación, según el DRAE- para contravenir la doctrina judicial sentada por la misma SETSJ el 4 de agosto de 2000 cuando ésta afirmó:
“La proclamación de un candidato en un determinado cargo […] no puede ser suspendida o controlada a través de una acción de amparo constitucional otorgada a favor de quien lo pretende, pues en los procesos judiciales electorales cuando se impugnan actos como el referido, no es la protección individual de un derecho constitucional, sino el respeto a la expresión de la voluntad del electorado que oportunamente sufragó y eligió un candidato determinado, lo que priva, y ello conlleva a que la cuestión objeto del mismo sea de interés general. […]”.
Alguien dirá y no sin razón que el tema decidido por la SETSJ es un asunto político que no jurídico y que, por tanto, debe dilucidarse políticamente, siguiendo la doctrina del colaboracionismo de poderes; pero lo que es inadmisible en una democracia es que existan magistrados que, o desconocen la majestad de su cargo, o simplemente son empíricos leguleyos capeados de toga y birrete, malabaristas en la argumentación al genuflexo servicio del mandatario de turno, o como dijera el Secretario General de la OEA Luis Almagro: magistrados que “[…] arrastran en sus espaldas militancia política” (http://runrun.es/nacional/243427/almagro-sobre-venezuela-sentencia-contra-diputados-opositores-es-un-golpe-directo-a-la-voluntad-de-electores.html).
SUGERENCIAS DE UN ESCRITOR
El brillante Arturo Pérez-Reverte ha publicado un artículo titulado INDECENTES (https://www.facebook.com/notes/catalu%C3%B1a-es-espa%C3%B1a/indecentes-arturo-p%C3%A9rez-reverte/272524082810423/), dirigido directamente ¨[…] al Gobierno español pasado, al actual y al que puede venir […]» en el que propugna que «Juntemos firmas para que haya un proyecto de ley con “cara y ojos” para acabar con estos privilegios, y con otros» que él mismo denuncia en su artículo, pero que este escribidor piensa que, dadas las circunstancias de que en Venezuela se ha instalado el Poder Legislativo para un nuevo período constitucional parlamentario, las atinadas recomendaciones son de carácter universal, con ligeras diferencias que este escribidor se ha permitido glosar.
Una de las recomendaciones es de carácter administrativo o burocrático:
“ELIMINEN la duplicidad de muchas Administraciones Públicas, suprimiendo organismos innecesarios, reasignado a los funcionarios de carrera y acabando con los cargos, asesores de confianza y otros puestos nombrados a dedo que, pese a ser innecesarios en su mayor parte, son los que cobran los sueldazos en las Administraciones Públicas y su teórica función puede ser desempeñada de forma más cualificada por muchos funcionarios públicos titulados y que lamentablemente están infrautilizados”.
La otra sugerencia tiene que ver con el trajinado tema de la ausencia de transparencia administrativa, vale decir, la corrupción, sobre el cual actualmente un grupo de abogados venezolanos está volcado a la preparación de un proyecto a ser sometido a la Asamblea Nacional venezolana:
“HAGAN que los políticos corruptos de sus partidos devuelvan el dinero equivalente a los perjuicios que han causado al erario público con su mala gestión o/y sus fechorías, y endurezcan el Código Penal con procedimientos judiciales más rápidos y con castigos ejemplares para ellos”.
En cuanto a los correctivos que deberían implementarse, don Arturo utiliza ejemplos a los que califica como indecentes y que echa en cara a los políticos españoles y que este escribir imputa a los oficialistas que han gobernado a Venezuela por los últimos 17 años y que tienen que ver con la política económica, el salario mínimo, los elevados emolumentos de los funcionarios estatales versus los míseros sueldos de docentes y profesores universitarios, o hasta los médicos de la sanidad pública, el costo que representa para los ciudadanos sus comidas, autos oficiales, choferes, viajes (siempre en gran clase) y guardaespaldas.
No hay que ser muy perspicaz para darse cuenta que lo que dice don Arturo para España es válido en su totalidad para Venezuela.
DE LA CIUDAD DE LOS TECHOS ROJOS A LA MÁS VIOLENTA DEL MUNDO
LA DESCALIFICACIÓN DE LOS MAGISTRADOS POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En la apertura del año judicial 2016, el Presidente Nicolás Maduro dijo que solo reconoce al Tribunal Supremo de Justicia (“TSJ”) como árbitro para dirimir los conflictos del país y celebró «el esfuerzo» que se hace para construir un sistema de justicia «independiente» desde «la óptica de la revolución«, agregando:
«Hay un solo poder árbitro que dirima todos los conflictos y tensiones que surjan, uno solo, así lo reconozco como jefe de Estado, el TSJ, único poder supremo para dirimir los conflictos o tensiones que surjan».
Estas palabras, pronunciadas ante un auditorio repleto de alborozados corifeos en el recinto de la máxima instancia judicial del país, han descalificado a los magistrados del TSJ como jueces independientes, y mostraban el estado de ánimo presidencial al decir que estaba maravillado por el enorme esfuerzo de los magistrados para configurar un nuevo sistema de justicia, documentando que los magistrados están construyendo un sistema de justicia desde la “óptica de la revolución” para dirimir los conflictos o tensiones que surjan. Sus expresiones, que podrían entenderse como palabrería populista y decadente, contrarían el concepto de independencia judicial, es decir, que el juez no puede estar bajo la influencia o control de nadie.
La noción de independencia – “desvinculación de las partes”– requiere que el juez sea independiente de las partes en litigio, ya sea sin estar relacionado con ellas, o bien sin estar de ninguna forma bajo su control o influencia. Este aspecto de la independencia está basado en la idea de imparcialidad y es incuestionable en su exigencia; mientras mayor sea la desvinculación entre el juez y las partes, mejor.
Por otro lado, la judicatura debe ser independiente de las instituciones políticas y del público en general, manteniendo la desvinculación respecto de las partes sobre todo que uno de los litigantes ante la corte sea otra rama del Estado. Es lo que se llama “insularidad política”.
Si los magistrados -cuestionados algunos de ellos por su torticero nombramiento por la AN- han apostado por la doctrina del colaboracionismo de poderes y no han respetado los principios de independencia judicial, hay que concluir en que han dejado de cumplir sus funciones para convertirse en meros agentes de sus amos, en “[…] empíricos leguleyos capeados de toga y birrete, malabaristas en la argumentación al genuflexo servicio del mandatario de turno”, dicho de este escribidor en anterior reflexión.
Como expuso el diputado Juan Miguel Matheus, “Reinstitucionalizar el país desde la Asamblea Nacional supone encontrar formas constitucionales que permitan liberar al poder judicial y rescatar al TSJ. […] Rescatar el TSJ es encontrar caminos para servir mejor a nuestro pueblo y ofrecer respuestas oportunas a lo que todos estamos padeciendo” (http://informe21.com/politica/matheus-reconstruir-el-tsj-es-un-gran-desafio-de-la-an).